Pérdida de recaudación peruana a raíz de beneficios tributarios al rubro juegos de azar y apuestas

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Por Bach. en Economía Dennis Kenmei Nakasone

Un beneficio tributario representa una reducción de la carga tributaria dirigida a un grupo o sector económico en forma de créditos, exoneraciones, diferimientos, devoluciones, inafectaciones y reducciones de tasas impositivas. Ello genera una reducción de la recaudación del Estado, ya que son ingresos potenciales que no son recaudados. Los beneficios tributarios fueron pensados con el propósito de generar mayor competencia, mejores beneficios, generación de empleo, impulso de la inversión nacional y extranjera, y subsidiar algunos sectores con problemas económicos (Instituto Peruano de Economía, 2013).

Un ejemplo de beneficios para la economía son los dirigidos a empresas del sector agrario, ya que reducen las tasas impositivas para generar más utilidad e inversiones en infraestructura para un sector vital para la economía nacional (La cámara, 2021). Sin embargo, estos beneficios también afectan a sectores que no son vitales para el desarrollo económico. Uno de ellos es la inafectación del impuesto general a las ventas (IGV) a empresas de juegos de azar y de apuestas, ya que no están dentro de las normas tributarias, especialmente del IGV, el Estado incurre en un gasto fiscal, llamado inafectación. Según el gráfico 1, esta asciende aproximadamente a S/491 millones, lo cual es un monto considerable, debido a que su correcta recaudación se utilizaría para ampliar el presupuesto de otros programas sociales vitales dirigidos a sectores más vulnerables.

Se observa que el gasto fiscal de la inafectación del IGV a dichas empresas de azar, equivale a aproximadamente el doble del presupuesto institucional modificado (PIM) del programa nacional de asistencia solidaria - Pensión 65 (S/299 millones), el cual es un programa social que brinda apoyo a adultos mayores en condiciones precarias. Adicionalmente, es cuatro veces el PIM del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR – S/105 millones), dedicado al cuidado de las áreas forestales en el territorio peruano.

 

 

Bajo ese marco, en agosto de 2022, el gobierno peruano ha optado por revertir tal situación dado que promulgó un texto substitutorio sobre la base del Proyecto de Ley 2070, que regula los beneficios tributarios del sector juegos y apuestas a distancia, de tal forma que ahora estas empresas también paguen impuestos. Esta Ley determina que el 40% del total recaudado estará destinado al sector turismo, el 20% para la promoción de la salud mental, otro 20% para la promoción del deporte y el último 20% para el tesoro público (GOB, 2022). Esta modificación de Ley representa un cambio positivo para la recaudación tributaria y se utilice para repotenciar el sector turismo, que ha sido afectado seriamente a raíz de la crisis sanitaria. Asimismo, se puede observar que la recaudación tributaria es un mecanismo para financiar los programas sociales gubernamentales, por ello es importante combatir la evasión y elusión fiscal, y el mal uso de beneficios tributarios.

 

Referencias

IPE (2013). Beneficios Tributarios. https://www.ipe.org.pe/portal/beneficios-tributarios/

La Cámara (2021). Detalles del régimen laboral y tributario del sector agrario. https://lacamara.pe/detalles-del-regimen-laboral-y-tributario-del-sector-agrario/

GOB (2022). Gobierno promulga Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia. https://bit.ly/3C7gpfB

MEF (s.f.). Portal de Transparencia Económica - Consulta Amigable. https://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx